ASESORES DE EMPRESA EN INTERNET (ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO)

Friday, 05 de December de 2008

 

Criterios de la Administración

Con el fin de hacer efectiva unificación de criterios en la actualización de toda la Administración Tributaria, se establece el carácter vinculante de todas las contestaciones a las consultas tributarias escritas, tanto para el consultante como para también otros obligados tributarios, siempre que exista identidad entre su situación y el supuesto de hecho planteado en la consulta. Se otorga también carácter vinculante durante un plazo de 3 meses a la información de la Administración sobre valoraciones de bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión.

De igual forma, se crea la figura del conflicto en la aplicación de la norma tributaria, aplicable en los casos en los que se evite total o parcialmente la realización del hecho imponible o se minore la base o la deuda tributaria mediante actos o negocios en los que concurran las siguientes circunstancias:

- Que sean artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido

- Que de su utilización no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes distintos del ahorro fiscal y de los efectos que se hubieran obtenido con los actos o negocios usuales o propios

Las liquidaciones que se practiquen por la utilización de esta figura no llevan aparejada la sanción

 

 

 

 

© 2002-2008 · Asociación de Asesores de Empresa en Internet