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El Gobierno regula
el DNI Digital y la Firma Electrónica para las empresas
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Las dos grandes novedades del anteproyecto de la ley de firma electrónica
son:
- El documento nacional de identidad que incorporará un dispositivo de
firma electrónica
- Y una firma electrónica para las
empresas
En un breve espacio de tiempo la tarjeta de identificación
electrónica que lleva incorporada una firma digital, sustituirá al
DNI actual, cambiando completamente el concepto de identificación.
En un futuro próximo, las empresas y organizaciones podrán
firmar sus acuerdos o documentos con su propia denominación
social y no como lo venían haciendo hasta ahora, con el nombre de
los representantes de las empresas.
El objetivo que se pretende mediante el impulso del nuevo dispositivo
es desarrollar y fomentar de manera definitiva el comercio y la Administración
electrónica en España. La tarjeta tendrá un formato físico similar al
actual, y permitirá a los ciudadanos relacionarse con cualquier:
- Administración pública
- Empresa
- Particular
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Hacienda prevé
más de 1,5 millones de declaraciones de IRPF por internet
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La Agencia Tributaria prevé que el número de declaraciones
del IRPF del ejercicio 2002 presentadas a través de Internet
supere 1,5 millones, lo que supondría un aumento en torno
al 30% respecto a las registradas el año pasado, en el que
se presentaron 1,15 millones de declaraciones de la Renta a través de
la Red, lo que supuso duplicar la cifra de 2001 (496.381) y multiplicar
por 10 la de 2 años atrás (115.244).
Igualmente destaca la importancia de la firma
electrónica para todos los procedimientos por Internet, la Administración
ha expedido cerca de 300.000 certificados digitales y añadió que
la Agencia Tributaria tiene previsto durante el año 2003 admitir
los certificados de otras Autoridades de Certificación.
A través de Internet se llevaron a cabo:
- 125 subastas de bienes e inmuebles
- 2,5 millones de declaraciones de exportaciones e importaciones
- 436.000 declaraciones informativas
- 41000 declaraciones de impuesto de sociedades
- y 431.000 de autoliquidaciones trimestrales
Como consecuencia de la opinión de los contribuyentes, el grado de
satisfacción valorado por el Director de Informática de la AEAT se
eleva a un 90%, y las visitas de su portal se elevan a 45'5
millones de accesos durante el pasado año.
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Los Servicios
Telemáticos de la Administración
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Se regula la presentación de escritos y solicitudes
a la Administración por medio de servicios telemáticos en
aplicación del artículo 68 de la Ley 24/2001, que ha introducido
una reforma en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se establece la posibilidad de uso de medios telemáticos en los dos sentidos:
- Del administrado a la Administración y de
la Administración al administrado
Hay que destacar que en aplicación de la Reforma:
- Se prevé la creación de registros telemáticos para
la recepción o salida de solicitudes, escritos o comunicaciones
que se transmitan por medios telemáticos y que deberán ser
relativos a procedimientos de la competencia del órgano o entidad que
creo el propio registro
- Los escritos se podrán presentar durante las 24
horas de todos los días del año
- Para que puedan realizarse notificaciones será
necesaria la petición o consentimiento del propio interesado
- La notificación se entenderá hecha al producirse
el acceso al contenido de la resolución. Sin embargo, cuando
hayan transcurrido 10 días desde que se tuvo la constancia de la
recepción de la notificación sin que se haya accedido a su contenido,
se entenderá que la notificación ha sido rechazada, salvo que se
compruebe, de oficina o a instancia del interesado, la imposibilidad material
o técnica del acceso
- Las presentación de certificaciones tributarias
o de Seguridad Social junto con las solicitudes o comunicaciones a que
nos hemos estado refiriendo, podrá sustituirse, si así lo consiente el
interesado, por la cesión de los correspondientes datos
al órgano gestor por parte de las Entidades competentes
Como complemento a esta reforma destaca la aprobación de
un Real Decreto, mediante el cual el Gobierno regulará los registros
y las notificaciones telemáticas de la Administración, la cual
proporcionará una dirección de correo electrónico a los ciudadanos que
así lo requieran. El objetivo es que los ciudadanos cuenten a corto plazo
con el domicilio electrónico único en el que recibirán las diversas
notificaciones.
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Más de
300.000 personas ya tienen certificados de Firma Electrónica
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Los certificados de firma
electrónica emitidos por la Fábrica Nacional
de Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM
) a través del Proyecto Ceres superan ya los 317.000,
por lo que las personas que disponen de ellos tienen una identidad
digital segura de carácter único, universal,
general y gratuito, que sirve entre otras cosas para interactuar
con las administraciones que hayan suscrito acuerdos con la autoridad
certificadora.
Hasta el momento se han firmado 34 convenios, entre los que figuran
los alcanzados con las comunidades autónomas de Madrid, La Rioja,
Navarra, Galicia, Andalucía y Canarias; seis ayuntamientos (entre
ellos el de Madrid), el Colegio de Abogados de Madrid y dieciséis
ministerios u organismos adscritos, entre ellos, la Agencia
Tributaria y el Instituto de la Seguridad
Social. En la actualidad negocian con la FNMT-RCM la incorporación
al uso de la firma electrónica las comunidades de Aragón,
Castilla La Mancha y Murcia, así como 41 organismos más,
entre ellos, el Ministerio de Fomento.
Es importante destacar que el número de declaraciones de la
renta presentadas a través de Internet en el último
año supera ya el millón, lo que demuestra la existencia
de un elevado número de ciudadanos que confían sus
trámites a los gestores ya que existen sólo 300.000
personas acreditadas con la firma electrónica.
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La Ley Financiera
y la Firma Electrónica
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La Ley de Medidas de Reforma del Sistema Financiero,
más conocida como Ley
Financiera, desarrolla y regula:
- La protección de los usuarios de servicios financieros,
la financiación de las Pymes y de los prestadores de servicios
- Modifica las normativas de las entidades financieras,
del Banco de España,
de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores y de la auditoría de cuentas
- Se ocupa de la regulación del dinero
electrónico, considerando a las entidades que lo emitan como entidades
de crédito que son supervisadas por el Banco de España
- Desarrolla y regula la utilización del certificado y la
firma
electrónica, al establecer que aquellas entidades o personas que
ejerzan funciones públicas podrán, previo convenio de colaboración con
la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT),
expedir certificados electrónicos. Estas entidades o personas podrán participar
en los trámites de identificación y registro de los solicitantes de certificados.
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Los registros
trbajan ya con la Firma Electrónica
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El Colegio de Registradores cuenta desde comienzos del mes de octubre
con un servicio de firma electrónica avanzada que permite a los
ciudadanos realizar a través de Internet la tramitación
de documentos ante los registros de la propiedad, mercantiles, de bienes
muebles y de condiciones generales de la contratación. De esta
manera, los más de mil registros existentes en España podrán
enviar y recibir por la red todo tipo de documentos. Para ello, el Colegio
de Registradores se ha constituido en entidad prestadora de servicios
de certificación.
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