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Friday, 05 de December de 2008

 
EL DESCUENTO Y SU TIPOLOGÍA

¿Qué es el descuento?

Descuento es el hecho de abonar en dinero el importe de un título de crédito no vencido, generalmente letras de cambio, tras descontar los intereses y quebrantos legales por el tiempo entre el anticipo y el vencimiento del crédito. El descuento nominal es la cantidad a descontar y el efectivo es el capital que se recibe una vez descontados los intereses.

El descuento comercial y sus usuarios

Es el descuento que efectúan las entidades de crédito de efectos comerciales, letras, pagarés u otros efectos aptos para la función de giro, con el fin de movilizar el precio de las operaciones de compraventa de bienes y/o servicios.       

Los principales usuarios del descuento son los comerciantes individuales y las sociedades mercantiles, si bien otras entidades aún no siendo mercantiles, pueden descontar sus efectos.

Condiciones del descuento:

- Se recomienda que los efectos sean domiciliados, puesto que en los no domiciliados, las tasas de comisión son más elevadas

- Las comisiones tienen marcado un importe mínimo por efecto, pero no uno máximo, siendo éste proporcional al importe

- Los efectos deben ir extendidos en papel timbrado y tributar por el Impuesto de actos jurídicos documentados

Descuento al tirón

Este tipo de descuento es calculado por toda la duración del plazo, y descontando el interés por anticipado, lo cual implica que el tipo de interés efectivo será superior cuanto mayor sea el plazo del efecto. Por ello, las liquidaciones de este tipo de operaciones deberían efectuarse liquidando trimestralmente los intereses a tipos de interés anual.

Descuento financiero

Es un préstamo formalizado mediante aceptación o emisión por el prestario, de letras o pagarés creados sin otro antecedente casual.

El domicilio de pago de las letras financieras suele ser la propia entidad de crédito, y se suelen emitir con gastos. En los efectos financieros que no están destinados a ser redescontados, es frecuente que el Banco o Caja no sean libradores, siendo un tercero, quien aparece como cedente del efecto que ordena a la Entidad el abono en la cuenta del beneficiario y aceptante, siendo extendido el efecto a la orden del Banco o Caja prestataria.

Efectos Financieros

- Descuentos financieros con cuenta de compensación

- Son créditos concedidos a 3 ó 6 meses, si se conceden a mayor plazo , el tipo de descuento suele ser más alto, y es habitual renovarlos a 6 meses, con alguna rebaja en el nominal

- Un crédito formalizado en efecto financiero suele comportar un factor de elevación del coste considerable, si el beneficiario no utiliza los fondos en su considerable, si el beneficiario no utiliza los fondo en su totalidad del crédito. Es por eso que se prefiere la póliza de crédito disponible en cuenta corriente, ya que los intereses son en función de la cuantía utilizada

Descuento de certificaciones

Esta operación se realiza especialmente en los contratos de obras y suministros públicos. Se autoriza el pago mediante la prestación de certificados, ya sea por partes o por la totalidad de las obras o el suministro. Estos documentos los presentan al descuento los suministradores o ejecutores de la obra. Cualquier entidad de crédito, puede tomar estas certificaciones al descuento concediendo entre el 80% y el 90% del nominal. El banco operará como si de una letra se tratara, calculando intereses hasta la fecha de cobro del deudor. Las certificaciones son endosadas con la expresión "valor recibido", encargándose la entidad que las recibe de presentarlas en el organismo expedidor para la toma de razón del endoso.           

 

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