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Wednesday, 07 de January de 2009

 

Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas

Descripción:

Tributo directo de carácter real cuyo hecho imponible está constituído por el ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales (considerándose como tales las agrarias, ganaderas, comerciales, de servicios y mineras), profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se encuentren o no especificadas en las Tarifas del Impuesto.

Lugar:

Administración de Hacienda correspondiente al domicilio de la actividad.

La liquidación y recaudación se llevarán a cabo en el Ayuntamiento.

Documentación:

Impreso oficial:

para cuota Municipal el modelo 845

para cuota Provincial el modelo 846.

Impreso 036 de alta en el Censo

D.N.I.y N.I.F. o C.I.F.

Plazo de solicitud:

Diez días hábiles anteriores al inicio de la actividad.

Observaciones:

A efectos del impuesto, se considera que una actividad se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico, cuando suponga una ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos, o de una de ambas, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

La solicitud de alta en el impuesto han de efectuarla las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el Artículo 33 de la Ley General Tributaria, siempre que realicen en territorio nacional cuaquiera de las actividades que originan el hecho imponible.

 

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