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El Sistema Arbitral de Consumo, comúnmente conocido como Red de Alerta, tiene un carácter extrajudicial, rápido y gratuito de resolución de conflictos, de adhesión voluntaria tanto para las empresas, que de esta manera ofrecen un servicio añadido a sus clientes, como para las asociaciones de consumidores que así defienden los intereses de estos. PRIMER PASO: SOLICITUD
El arbitraje puede ser de derecho o de equidad. Esto quiere decir que los árbitros dictarán el laudo con sujeción a las normas y leyes establecidas o según su leal saber y entender. La decisión de optar por el arbitraje de derecho o equidad corresponde a las partes, en el caso de que se opte por el derecho de los árbitros deberán ser abogados en ejercicio. SEGUNDO PASO: COLEGIO ARBITRAL
TERCER PASO: AUDIENCIA Posteriormente se citará a las partes a una audiencia, donde podrán manifestar cuanto estimen conveniente sobre el conflicto existente.
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